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title: "Actualización de los límites de facturación para las MiPyME"
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description: "Se actualizaron los topes de facturación que determinan qué empresas se encuadran dentro del Registro MiPyME. Las nuevas categorías entrarán en vigencia a partir del 1° de abril."
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date_published: "2022-04-04T15:51:00-03:00"
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  - "Certificado pyme"
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# Actualización de los límites de facturación para las MiPyME

![Contadorr](/download/multimedia.normal.89a6adfd4cca5329.436f6e7461646f72725f6e6f726d616c2e77656270.webp)

A través de la Resolución 19/2021 publicada en el Boletín Oficial, s**e actualizaron los montos máximos de facturación en todos los sectores y tramos** tomando como referencia el índice de precios implícitos del PIB elaborado por INDEC. **La medida, que se lleva adelante una vez al año, tiene como objetivo garantizar que ninguna micro, pequeña y mediana empresa que no haya aumentado su volumen real de ventas quede fuera de los beneficios** que otorga el Registro MiPyME. Asimismo, esta actualización siguió las recomendaciones de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL) a partir de las cuales se equilibró también la situación en los tramos de algunos sectores cuyos topes habían quedado desfasados.

Actualmente están inscriptas en el Registro MiPyME 1.522.407 empresas, autónomos y monotributistas, lo cual significa un crecimiento del 187% en la cantidad de empresas registradas con respecto a los números de diciembre de 2019. La inscripción al Registro les permite a las MiPyMEs acceder a beneficios fiscales, líneas de financiamiento con tasa subsidiada por el FONDEP así como a planes de asistencia técnica y otros programas que llevan adelante el Ministerio de Desarrollo Productivo y demás organismos del estado.

Los topes de ventas anuales que comienzan a regir a partir del 1° de abril del 2021 son:  
Límites de ventas totales anuales expresados en pesos ($).

![photo5069236310924962353](http://enac.org.ar/download/multimedia.normal.a9887366e8438c55.70686f746f353036393233363331303932343936323335335f6e6f726d616c2e77656270.webp)

**Esto implica**, en específico para las MiPyMEs industriales, **incrementos respecto de los topes vigentes en marzo de 2021 de:**  
- **81,7%** para las micro empresas  
- **89,2%** para las pequeñas  
- **73,9%** para las medianas tramo 1  
- **78,2%** para las medianas tramo 2.

En el mismo lapso, el IPC tuvo una variación aproximada de 53%, mientras que el índice de precios mayoristas de productos manufacturados, varió un 51%.

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