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Novedades DNU 334/2021 y cómo tramitar el permiso de circulación
Comunicación 22 de mayo de 2021 ENACA partir de la publicación del DNU 334/2021 publicado ayer por la noche, les compartimos las siguientes novedades:
La normativa establece que desde el 22 de mayo y hasta el 30 de mayo inclusive, así como el 5 y 6 de Junio, se limita la circulación de personas y realización de actividades económicas (ver a continuación las excepciones). El artículo 3 del DNU establece que los trabajadores deberán realizar sus tareas bajo la modalidad de teletrabajo, y que aquellos trabajadores que no puedan concurrir a prestar tareas ni puedan hacerlo bajo la modalidad de teletrabajo se les liquidará una prestación dineraria no remunerativa equivalente al salario neto más aportes y contribuciones de obra social e INSSJP. El artículo 3 también establece que la restricción para la circulación nocturna será desde las 18 horas hasta las 6 horas del día siguiente.
El artículo 4 establece que están exceptuados para circular con autorización para usar el transporte público personas vinculadas a:
El artículo 5 establece que están habilitados para circular pero sin utilizar el transporte público las personas que realizan las siguientes actividades y servicios:
Asimismo, les compartimos las siguientes novedades vinculados a los permisos de circulación en el marco de las medidas generales de prevención por la pandemia de coronavirus COVID-19. A partir del 22 de mayo solo podrán circular y movilizarse aquellos que pertenezcan a los grupos exceptuados y completen el formulario como declaración jurada.
Los trabajadores esenciales que cuenten con certificado pueden continuar utilizándolos. También tienen vigencia los certificados por tratamiento médico prolongado.
Aquellas personas que deban asistir a un familiar, a un adulto mayor o a una persona con discapacidad, o son padres o madres separados que debe trasladar a hijos o hijas de una casa a otra, podrán gestionar el certificado por 24 horas.
Las personas abarcadas dentro de las EXCEPCIONES PARA CIRCULAR, CON AUTORIZACIÓN PARA USAR TRANSPORTE PÚBLICO (artículo 4º) y OTRAS EXCEPCIONES PARA CIRCULAR, SIN USO DE TRANSPORTE PÚBLICO (artículo 5º) del DNU 334/21 deberán gestionar el permiso completando el formulario como declaración jurada en: https://www.argentina.gob.ar/circular/tramite
A continuación les compartimos las imágenes para tramitar el certificado:
Luego de 4hs de haberlo gestionado podrá descargarlo ingresando AQUI
Asimismo, les informamos otras novedades:
ENAC se encuentra monitoreando día a día la situación de la pandemia y sus efectos sobre la economía real y los mantendrá informado por este canal sobre cualquier novedad relevante para las pymes.
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