
Actualización de los límites de facturación para las MiPyME
Equipo de Comunicación


A través de la Resolución 19/2021 publicada en el Boletín Oficial, se actualizaron los montos máximos de facturación en todos los sectores y tramos tomando como referencia el índice de precios implícitos del PIB elaborado por INDEC. La medida, que se lleva adelante una vez al año, tiene como objetivo garantizar que ninguna micro, pequeña y mediana empresa que no haya aumentado su volumen real de ventas quede fuera de los beneficios que otorga el Registro MiPyME. Asimismo, esta actualización siguió las recomendaciones de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL) a partir de las cuales se equilibró también la situación en los tramos de algunos sectores cuyos topes habían quedado desfasados.
Actualmente están inscriptas en el Registro MiPyME 1.522.407 empresas, autónomos y monotributistas, lo cual significa un crecimiento del 187% en la cantidad de empresas registradas con respecto a los números de diciembre de 2019. La inscripción al Registro les permite a las MiPyMEs acceder a beneficios fiscales, líneas de financiamiento con tasa subsidiada por el FONDEP así como a planes de asistencia técnica y otros programas que llevan adelante el Ministerio de Desarrollo Productivo y demás organismos del estado.
Los topes de ventas anuales que comienzan a regir a partir del 1° de abril del 2021 son:
Límites de ventas totales anuales expresados en pesos ($).

Esto implica, en específico para las MiPyMEs industriales, incrementos respecto de los topes vigentes en marzo de 2021 de:
- 81,7% para las micro empresas
- 89,2% para las pequeñas
- 73,9% para las medianas tramo 1
- 78,2% para las medianas tramo 2.
En el mismo lapso, el IPC tuvo una variación aproximada de 53%, mientras que el índice de precios mayoristas de productos manufacturados, varió un 51%.


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